Sufre acoso laboral, la corren de la SMyT Gobierno minimiza acusaciones

Será la autoridad competente la que determine la situación legal, mientras tanto la mujer acosada fue despedida si justificación legal alguna.

Las palabras de la Gobernadora de Tlaxcala Lorena Cuellar Cisneros, de no permitir más violencia de ningún tipo a las mujeres, fueron mentiras, pues en su administración se han denunciado diversos acosos laborales, incluso unas de ellas en la secretaría de Gobierno.

Así el boletín…

La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) garantiza los derechos laborales de todas las y los trabajadores, y aclara que bajo ninguna circunstancia permitirá actos de acoso de ninguna especie; lo anterior, tras la denuncia mediática realizada por una extrabajadora del Departamento de Archivo, en contra de su jefe inmediato.

Esta dependencia estatal aclara que ante los antecedentes del caso se pudo recabar y determinó procedente el despido por causa justificada de la extrabajadora, con estricto apego y respeto a sus derechos.

Se hace del conocimiento que dicha persona tiene expeditos sus derechos para recurrir ante la autoridad laboral y legal que considere, en este caso la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), con la finalidad de que se practiquen todas las investigaciones conducentes.

El Gobierno del Estado no tolerará situaciones que transgredan la paz y tranquilidad en los espacios labores, por lo que el caso tendrá que ventilarse de acuerdo con los procedimientos legales a que tienen derecho todas las y los trabajadores.

Una vez realizada la indagatoria a las partes involucradas en este caso y deslindarse las responsabilidades correspondientes, se actuará conforme lo marcan las leyes.

Por lo anterior, se hace saber que tanto la extrabajadora, como el funcionario señalado por ella, tienen a salvo sus derechos para recurrir ante las autoridades en la materia para determinar su situación legal.

Cabe aclarar que la SMyT evitará cualquier pronunciamiento en este sentido, debido a que implicaría juzgar a priori, sin tener los elementos de prueba conducentes y sin haber recurrido a las instancias facultadas para ello.

Asimismo, reitera que los derechos de las personas involucradas quedan expeditos para que una vez que se aporten las pruebas conducentes se determine si existe o no responsabilidad en el presente caso.