El máximo tribunal del país (@SCJN ) estableció que los funcionarios no pueden bloquear a los ciudadanos porque se atenta contra la libertad de expresión y acceso a la información
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los servidores públicos que tienen cuentas en redes sociales en las que difunden sus actividades oficiales no pueden bloquear a los ciudadanos que usan esas plataformas para emitir comentarios o críticas severas a su actuar.
Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte los ministros avalaron el proyecto de Eduardo Medina Mora en el que estableció que cuando un servidor público con cuentas en redes sociales bloquea a otros usuarios alegando el “derecho a la intimidad” atenta con los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos.