La restitución de un derecho negado: Tlaxcala ya no podrá criminalizar el aborto

 

La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marca un punto de inflexión en la historia jurídica y social de Tlaxcala. El máximo tribunal del país declaró inconstitucional el entramado normativo que había restringido durante años el acceso al aborto, sobre todo para niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual o familiar. No es un avance menor: es la restitución de un derecho que, aunque reconocido en el plano federal, en la práctica se negaba sistemáticamente.

El fallo obliga al Congreso del Estado a armonizar su legislación y elimina del Código Penal de Tlaxcala los preceptos que penalizaban el aborto voluntario. Esto significa, simple y contundentemente, que el aborto ya no es un delito en la entidad. Pero, más allá del impacto jurídico, la decisión abre una grieta en un sistema que durante décadas colocó a las víctimas en el lugar más vulnerable: el de la sospecha, la revictimización y la negación del servicio.

Cuando la ley se convierte en un obstáculo

Los requisitos que la SCJN declaró inválidos —denuncia previa, autorización del Ministerio Público y consentimiento de madres, padres o tutores incluso en casos de violencia sexual— funcionaron como barreras para el acceso a derechos básicos. De acuerdo con DDESER, más de 4,000 casos de aborto fueron acompañados este año en Tlaxcala; alrededor de 1,500 de ellos relacionados directamente con violencia sexual. No son cifras: son niñas, adolescentes y mujeres que, aun cumpliendo con las causales legales, no pudieron acceder a un servicio que debía ser inmediato y sin obstáculos.

La Norma Oficial Mexicana 046, que establece el acceso a la interrupción del embarazo por violación sin necesidad de denuncia, ha sido ignorada en demasiadas ocasiones. La sentencia de la Corte no hace otra cosa que recordar lo esencial: que la salud, la autonomía y la integridad física y emocional son derechos, no concesiones.

El fallo como reparación histórica

Para organizaciones como GIRE y la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos, este avance no solo es jurídico: es simbólico. Es la reparación de una deuda histórica con mujeres, niñas y adolescentes rurales, indígenas, empobrecidas o con discapacidad, quienes cargaban con el peso de una legislación punitiva que las dejaba sin opciones.

El pronunciamiento de la Corte también envía un mensaje claro al sistema de salud de Tlaxcala: todos los hospitales públicos deben garantizar la atención inmediata, sin prejuicios, sin objeciones de conciencia que operen como mecanismos de exclusión y sin trámites que funcionen como castigo. La objeción de conciencia no puede ser una puerta cerrada para quienes ya han vivido violencia.

Lo que está en juego

Este fallo no impone la práctica del aborto a nadie. Lo que hace es evitar que el Estado imponga maternidades forzadas, especialmente a menores víctimas de delitos sexuales. La autonomía reproductiva no es un concepto abstracto ni un lujo ideológico: es una garantía mínima de libertad y dignidad.

Tlaxcala tiene ahora la oportunidad —y la obligación— de construir un marco legal acorde a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. La armonización legislativa no debería ser entendida como un trámite, sino como un compromiso con la vida y la salud de quienes han sido históricamente desoídas.

Un futuro posible

Con esta sentencia, el Congreso tiene la oportunidad de abandonar un modelo que criminaliza y estigmatiza, y avanzar hacia uno que reconozca plenamente la capacidad de decisión de las mujeres y personas gestantes, como ya ocurre en otras entidades del país. La Corte ha dado un paso necesario; ahora corresponde al Estado garantizar que el derecho deje de existir solo en el papel.

El aborto en Tlaxcala ya no es un delito. Que deje de ser un tabú, una condena o un privilegio de pocas dependerá, en gran medida, de lo que las autoridades hagan a partir de hoy. Todo, gracias a las feministas, que no se le olvide a nadie.

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