Reprueban cuenta pública de Xaltocan por daño patrimonial de más de 2.4 millones de pesos

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Por: Alberto Amaro 

Alcalde José Luis Hernández Vázquez reconoce pagos fuera de nómina; entre las observaciones destacan gastos improcedentes por casi 2 millones de pesos y pagos a sobreprecio

El Ayuntamiento de Xaltocan, encabezado por el presidente municipal José Luis Hernández Vázquez, recibió un duro revés luego de que el Congreso del Estado de Tlaxcala determinara reprobar su cuenta pública, al detectarse un presunto daño patrimonial por 2 millones 407 mil 162 pesos con 15 centavos.

De acuerdo con las observaciones derivadas del proceso de fiscalización, entre los conceptos que más llaman la atención se encuentran gastos improcedentes por un monto de 1 millón 960 mil 566 pesos, así como pagos a sobreprecio por 209 mil 852 pesos con 56 centavos.

Es decir, no se trata de simples errores administrativos o de una discusión política sobre la forma de gobernar el municipio: existen observaciones económicas concretas que involucran millones de pesos de recursos públicos.

EL PROPIO ALCALDE RECONOCE PAGOS FUERA DE NÓMINA

La reprobación adquiere mayor relevancia luego de que, días antes, el propio presidente municipal difundiera un video en redes sociales en el que intentó explicar las observaciones realizadas a su administración.

En dicho material, Hernández Vázquez reconoció que existen personas a quienes se les realizan pagos mediante cheque pese a no encontrarse en la nómina municipal, bajo el argumento de que se trata de personas que prestan algún servicio al Ayuntamiento y que, por esa razón, deben recibir su pago.

Sin embargo, el problema no radica únicamente en si una persona realizó un trabajo o si el Ayuntamiento tenía la obligación de pagarle.

El problema es cómo se ejerció el dinero público.

Los recursos municipales no pueden entregarse únicamente porque el presidente considere que existe una obligación moral o administrativa de pagar. Cada erogación debe contar con sustento presupuestario, administrativo, contable y documental, además de cumplir con las disposiciones legales aplicables.

Si se trata de trabajadores, existen obligaciones específicas respecto de su contratación, registro y pago.

Si se trata de prestadores de servicios, debe existir documentación que acredite la contratación, el servicio efectivamente prestado, la contraprestación y la comprobación correspondiente.

Un cheque por sí solo no convierte un gasto irregular en legal.

CASI DOS MILLONES EN GASTOS IMPROCEDENTES

Uno de los datos más delicados de la fiscalización es el señalamiento de 1 millón 960 mil 566 pesos por concepto de gastos improcedentes.

Este monto representa la mayor parte del daño patrimonial señalado en la cuenta pública.

La situación adquiere especial relevancia porque el alcalde ha intentado explicar públicamente que los recursos sí fueron utilizados para pagar servicios o apoyos.

Pero la fiscalización no se limita a preguntar si alguien recibió el dinero.

La pregunta fundamental es:

¿El Ayuntamiento tenía facultades, presupuesto, documentación y sustento legal para realizar ese pago?

Si la respuesta es negativa, el hecho de que el servicio haya sido prestado o que el recurso haya llegado a una persona no elimina necesariamente la irregularidad detectada por el órgano fiscalizador.

PAGOS A SOBREPRECIO POR MÁS DE 209 MIL PESOS

A los gastos improcedentes se suma otra observación relevante: pagos a sobreprecio por un monto total de 209 mil 852 pesos con 56 centavos.

Este concepto deberá ser explicado y, en su caso, solventado por la administración municipal, pues involucra recursos que habrían sido ejercidos por encima de los parámetros o condiciones que correspondían a las operaciones observadas.

En conjunto, los conceptos señalados representan más de 2.17 millones de pesos, tan sólo considerando gastos improcedentes y pagos a sobreprecio.

Y el daño patrimonial global señalado asciende a 2 millones 407 mil 162 pesos con 15 centavos.

“SON TIEMPOS POLÍTICOS”, DICE EL ALCALDE

Ante las críticas, el presidente municipal ha intentado atribuir la reprobación de su cuenta pública a “tiempos políticos”, minimizando el señalamiento y llamando a la población a no preocuparse por su situación.

Pero la fiscalización de recursos públicos no debería depender de colores partidistas ni de calendarios electorales.

Los números no hacen campaña. Los documentos tampoco votan.

Si existen observaciones por más de 2.4 millones de pesos, corresponde al alcalde explicar con documentación dónde terminó cada peso y por qué fue ejercido de esa manera.

TRANSPARENCIA NO ES DECIR QUE TODO ESTÁ CLARO

El discurso del alcalde pretende presentar los pagos como transparentes porque, desde su perspectiva, existe una razón para haberlos realizado.

Pero en la administración pública la buena intención no sustituye el cumplimiento de la ley.

Los servidores públicos están obligados a administrar los recursos bajo los principios de legalidad, honradez, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y rendición de cuentas.

La Ley General de Contabilidad Gubernamental establece obligaciones para el registro y comprobación de las operaciones financieras de los entes públicos, mientras que la legislación en materia de fiscalización y responsabilidades administrativas establece mecanismos para determinar posibles responsabilidades cuando el ejercicio de los recursos públicos no se ajusta a la normativa.

Por eso, el argumento de que “había que pagar” no resulta suficiente.

Había que pagar conforme a la ley.