ITE pone bozal a periodista y amenaza con encarcelarlo por difundir hecho noticioso

OPLE persigue a periodista porque tuvo la osadía de difundir que un funcionario municipal apoyaría políticamente a ex candidato de MORENA hoy Presidente de Comunidad electo.

Contrario a la política de apertura y respeto al trabajo periodístico que en su momento se comprometió en realizar la Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) Elizabeth Piedras González, ese organismo censura el trabajo periodístico y amaga con dar cárcel al comunicador que no se ciña a los lineamientos que marca ese ente público autónomo cuya función principal es realizar elecciones y no perseguir periodistas.

Fue la Unidad Técnica el de lo Contencioso Electoral el cual ordenó a este comunicador informar la (s) fuente (s) a las que tuvo acceso para difundir una nota informativa relacionada con el pasado proceso electoral extraordinario que tuvo verificativo en la entidad específicamente en la comunidad de Santa Cruz Guadalupe perteneciente al municipio de Chiautempan.

De acuerdo al requerimiento No ITE-UTCE-2074/2021 que el órgano electoral hizo llegar a este comunicador, el ente electoral; “solicito remita la información requerida en un término de 24 horas contadas a partir de su legal notificación respecto a la nota publicada

https://ahorainformate.com/2021/11/24/desde-el-ayuntamiento-de-chiautempan-impulsan-a-candidato-de-morena/

En la referida publicación que indignó al ITE, fue porque el Director de Desarrollo Económico en el municipio de Chiautempan Lázaro Netzahuatl Teomitzi abiertamente manifestó su respaldo al ex candidato de MORENA a Presidente de Santa Cruz Guadalupe perteneciente al municipio de Chiautempan.

Fue en redes sociales, donde el ex candidato del PRD a Diputado perdedor hoy funcionario municipal, evidenció su apoyo a Nicolás Austroberto Ahuatzi Rodríguez quien busca ser Presidente de Comunidad por MORENA”, se puntualiza en la nota informativa que viene acompañada con una captura de la publicación que el servidor público realizó en la red social Facebook y que mañosamente borró.

El funcionario deudor quien a casi casi cien días de gobierno no ha finiquitado sus pasivos, habría incurrido en un aparente delito electoral”, incluyó la publicación que se hizo a unos días de que se realizaran las elecciones extraordinarias el pasado fin de semana.

Pese a lo anterior, en el escrito firmado por Rubí Jazmín Gutiérrez García titular de la unidad dependiente del ITE arriba referida exigió que; informe si la nota se trata de un ejercicio periodístico o bien alguna persona solicitó su publicación y en su caso quien pago dicha nota”

La funcionaria electoral agregó que además deberá presentar pruebas del trabajo periodístico lo cual lesiona la libertad de expresión y al trabajo periodístico; “así mismo remita en original las evidencias fotográficas tomadas, en formato magnético y las documentales que comprueben su dicho”.

El ITE precisó que al no acatar la exigencia, amagó con proceder legalmente en contra del comunicador quien se haría acreedor a una sanción económica y hasta de ser privado de su libertad por no aceptar dar la fuente de información.

“Se le hace saber, que en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado y ordenado en el acuerdo citado, se hará acreedor a una de las medidas de apremio contempladas en el artículo 34 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Tlaxcala”

De acuerdo a lo que estipula el artículo 34, en el Reglamento de Quejas y Denuncias del Istituto Tlaxcalteca de Elecciones, https://www.tetlax.org.mx/wp-content/uploads/2016/03/REGLAMENTO-DE-QUEJAS-Y-DENUNCIAS-DEL-INSTITUTO-TLAXCALTECA-DE-ELECCIONES.pdf  estas son las sanciones.

Artículo 34. Medios de apremio.

1. Por medios de apremio se entiende el conjunto de medidas a través de las cuales los órganos del Instituto que sustancien el procedimiento, pueden emplear para hacer cumplir coercitivamente sus determinaciones, señalándose los siguientes:

I. Apercibimiento.

II. Amonestación.

III. Multa que va desde los cien hasta los cinco mil días de salario mínimo diario general vigente. La misma se cobrará de conformidad con lo establecido en el artículo 364 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.

IV. Auxilio de la fuerza pública;

y V. Arresto hasta por 36 horas, con el apoyo de la autoridad competente.

Con el referido requerimiento que envió el ITE, ya suman tres en los que se manejan las mismas amenazas que atentan contra la libertad periodística, de libre expresión enmarcados en la Constitución Política Mexicana.

La acción que promueve el ITE violaría el artículoConstitucional que a la letra dice; “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Además de que vulnera el trabajo periodístico de acuerdo al Artículo 7º constitucional el cual puntualiza que; “Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito”.

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