Motociclistas intrépidos, burlando la ley

A pesar de que Tlaxcala cuenta con un reglamento de Tránsito, este es violado por los ciudadanos que conducen motocicleta.

Motos , motos, motos… Ese vehículo automotor de dos ruedas que actualmente se ha hecho muy popular para agilizar la movilidad de las ciudades, se vuelve de pronto un problema de regulación, sus conductores, muchos de ellos, arriesgando su vida, la de su pasajero e incluso violando la ley de tránsito al conducir por las calles de esta ciudad sin placas o las medidas necesarias, son el pan nuestro de cada día.

En un recorrido por la avenida Benito Juárez de la capital Tlaxcalteca y de la Avenida Guillermo Valle pudimos notar que muchos motociclistas conducen sin placa de circulación, así como violentar los limites de velocidad, sin que la autoridad correspondiente haga algo al respecto, lo que da pie a que se viole las reglas de tránsito sin tener consecuencia alguna.

El reglamento de transito menciona en el CAPÍTULO VI DE LAS PROHIBICIONES A LOS MOTOCICLISTAS, en su articulo 29 lo siguiente:

Queda prohibido a los motociclistas lo siguiente:I.-Transitar por vías en donde el señalamiento expresamente lo prohíba. II.- Circular en sentido contrario a la dirección autorizada. III.- Circular sobre las banquetas y áreas reservadas para el uso peatonal y de discapacitados, así como en las ciclopistas o ciclovías que pudieran existir, estacionarse en banquetas, plazas públicas, parques y jardines, rampas para discapacitados. IV.- Circular sin placa de circulación y/o sin licencia. V.- Queda prohibido transportar a menores de 18 años a bordo de la motocicleta, así como permitir que estos operen el vehículo; VI.- Conducir en forma peligrosa, negligente o zigzagueando, así como realizar competencias de velocidad en la vía pública, excepto eventos deportivos autorizados. VII.- Operar un vehículo con presencia de alcohol en el organismo o sustancias tóxicas, drogas o enervantes. VIII.- Exceder el número de personas permitido.

 

Por mencionar algunas, por lo cual la transgresión a los artículos anteriores se hará acreedor a una multa de 2 días de salario mínimo vigente para el estado de Tlaxcala. En el caso de la fracción VII se hará acreedor a multa de 28 días de salario y la puesta a disposición del juez municipal y el vehículo al corralón. Cosa que nunca pasa, por eso las violaciones fragantes de algunos de estos conductores, que “al no pasar nada”, sigue en las mismas.

A pesar de operativos para localizar vehículos de dos ruedas, sin documentación el regla, con numeración de serie alterada y el robo de algunas de estas, es insuficiente si los conductores siguen pasándose sus obligaciones por el arco de triunfo y a los oficiales de tránsito el mirar para otro lado en vez de actuar y sancionar.

*Todos los derechos reservados para el Texto, fotos e ilustraciones por ©Fernando Camacho 2019. Queda prohibida toda reproducción sin el consentimiento, por escrito, por el autor.*

 

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